Micelio

Artículo 1

El Gobierno Nacional Traspasará A La "empresa De Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia", Como Aporte De Capital Y Por El Valor De Compra Al Departamento De Antioquia, El Ferrocarril De Antioquia Desde Puerto Berrío Hasta La Pintada, Que Adquiera En Desarrollo Del Decreto Número 0201 De 1958

Decreto 218 de 1958 · Por el cual se autoriza el traspaso del Ferrocarril de Antioquia a la Empresa de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Gobierno Nacional traspasará a la "Empresa de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia", como aporte de capital y por el valor de compra al Departamento de Antioquia, el Ferrocarril de Antioquia desde Puerto Berrío hasta La Pintada, que adquiera en desarrollo del Decreto número 0201 de 1958.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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