°. Si a tiempo de decidir sobre la ubicación de un producto determinado, hubiere discrepancia en cuanto al nombre que se use en Colombia y el de las ordenaciones a que se refiere el artículo anterior, la División de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio consultará la Academia Colombiana de la Lengua o la entidad pública que a juicio de la División posea instrumentos adecuados para proceder a la precisa calificación del término cuyo significado no haya sido posible establecer.
Artículo 4
Si A Tiempo De Decidir Sobre La Ubicación De Un Producto Determinado, Hubiere Discrepancia En Cuanto Al Nombre Que Se Use En Colombia Y El De Las Ordenaciones A Que Se Refiere El Artículo Anterior, La División De Propiedad Industrial De La Superintendencia De Industria Y Comercio Consultará La Academia Colombiana De La Lengua O La Entidad Pública Que A Juicio De La División Posea Instrumentos Adecuados Para Proceder A La Precisa Calificación Del Término Cuyo Significado No Haya Sido Posible Establecer
Decreto 2379 de 1970 · Por el cual se reglamenta el artículo 2º de la Ley 94 de 1931
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.