Micelio

Artículo 8

División Médica

Decreto 1016 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Hospital Militar Central y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. División Médica . Son funciones de la División Médica, las siguientes

1.

Desarrollar las políticas, planes, programas y proyectos de las áreas, servicios y unidades médicas.

2.

Elaborar su respectivo plan operativo y de acción anual con base en las políticas y objetivos del Hospital y presentarlo a consideración de la Subdirección Médica y Servicios de Salud.

3.

Mantener coordinación permanente con las demás divisiones y servicios del Hospital, para la adecuada atención de los afiliados y beneficiarios del SSMP y usuarios particulares.

4.

Evaluar el funcionamiento de los servicios de la División, propender a la calidad de los mismos, verificar el cumplimiento de las metas y objetivos de productividad, controlar el uso racional de los diferentes recursos asignados; hacer los ajustes, aplicar los correctivos y presentar recomendaciones para mejorar la atención de los usuarios.

5.

Administrar los recursos humanos, físicos y tecnológicos asignados a la División.

6.

Verificar el cumplimiento de los indicadores de gestión, productividad y calidad hospitalarios por parte de las áreas, unidades y servicios, con el fin de consolidar informes mensuales de comportamiento y darlos a conocer a las Directivas del Hospital.

7.

Verificar el cumplimiento de las agendas médicas, jornadas laborales e indicadores individuales de productividad y gestión del personal médico, de la salud y administrativo de la dependencia.

8.

Participar en la adecuada aplicación de las normas y procedimientos de Control Interno y de Garantía de Calidad y dar cumplimiento a las recomendaciones que se le formulen.

9.

Mantener actualizadas las guías de atención y los respectivos manuales de procesos y procedimientos.

10.

Establecer en coordinación con la División Financiera, los costos de los procedimientos médicos en el Hospital.

11.

Coordinar y controlar que los procedimientos médicos se adecuen a las cláusulas de los contratos y convenios de servicios de salud que se suscriban con otras entidades, con el fin de evitar las glosas de cuentas.

12.

Presentar mensualmente a la Subdirección Médica y Servicios de Salud las estadísticas de procedimientos médicos, consultas y demás intervenciones realizadas y canceladas, con el fin de establecer indicadores de gestión y productividad que contribuyan a la toma de decisiones.

13.

Participar en los procesos docentes y de investigación propios del área y de carácter interdisciplinario.

14.

Verificar que los responsables de las áreas, servicios y unidades suministren información al paciente y sus familiares sobre el tratamiento y el estado de salud del mismo.

15.

Mantener las bases de datos de afiliados y beneficiarios del SSMP y de usuarios particulares actualizadas y sistematizadas, con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeación e Informática, y atender los requerimientos de información provenientes de las autoridades competentes.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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