º . Características de las redes de los servicios de comunicación personal . Las redes PCS - en adelante RPCS - forman parte de la Red de Telecomunicaciones del Estado, hacen uso del espectro radioeléctrico atribuido y asignado para prestar los Servicios de Comunicación Personal -PCS- e interconectadas entre sí o a través de las redes que conforman la Red de Telecomunicaciones del Estado o por medio de la facilidad de "roaming", permiten el servicio a nivel nacional. Con excepción de los terminales de usuario, hacen parte de las RPCS todos los elementos necesarios para proveer los Servicios de Comunicación Personal -PCS-.
Decreto 575 de 2002 →Vigente
Artículo 4
Decreto 575 de 2002 · por el cual se reglamenta la prestación de los Servicios de Comunicación Personal PCS y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.