° Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, serán imputados al Capítulo 86, artículo 786 del Presupuesto Nacional vigente.
Decreto 1790 de 1954 →Vigente
Artículo 5
Los Gastos Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Serán Imputados Al Capítulo 86, Artículo 786 Del Presupuesto Nacional Vigente
Decreto 1790 de 1954 · Por el cual se honra la memoria de un ilustre colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.