° Para los efectos del artículo 96 del Código Fiscal, el Ministerio de Guerra procederá a. la colocación de los mojones respectivos y a la demarcación por medio de trochas del perímetro de que se trata. Una vez hecho esto, por el Ministerio de Agricultura y Comercio se dictará la correspondiente resolución, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial e inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados del Circuito respectivo, pára que surta sus efectos legales.
Decreto 736 de 1938 →Vigente
Artículo 2
Para Los Efectos Del Artículo 96 Del Código Fiscal, El Ministerio De Guerra Procederá A
Decreto 736 de 1938 · por el cual se destinan unos terrenos para un servicio público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.