Micelio

Artículo 25

Ley 7 de 1981 · por el cual se establece el régimen de contratación de empréstitos internos para las entidades territoriales y sus organismos descentralizados y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La solicitud de aprobación al intendente o comisario, que deberá ser presentada por el representante legal del organismo, estará acompañada de los siguientes documentos:

1.

Concepto favorable del alcalde.

2.

Un estudio económico que demuestre la utilidad de las obras o inversiones que se van a financiar y su sujeción a los planes y programas que estén adelantando las administraciones intendenciales, comisariales y sus municipios, acompañado de la proyección del servicio de la deuda que se va a contraer.

3.

Copia auténtica de la autorización de la junta o consejo directivo del organismo descentralizado, para contratar el préstamo y otorgar garantías.

4.

Concepto de la Secretaría de Hacienda y Secretaría Administrativa de la intendencia o comisaría, según el caso, sobre los términos financieros y disponibilidad futura de recursos para atender oportuna y suficientemente el servicio del préstamo hasta su cancelación total.

5.

Concepto favorable del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías.

6.

Los demás documentos de que tratan los ordinales 4º., 5º. y 6º. del artículo 7º. de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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