°. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, al adoptar la metodología de remuneración de la actividad de comercialización sólo aplicará lo dispuesto por el literal g) del artículo 3° del Decreto 387 de 2007, si al momento de aprobar dicha metodología, el Ministerio de Minas y Energía establece que a la luz de lo previsto en el Marco de Gasto de Mediano Plazo, dispondrá de los recursos necesarios para sufragar los gastos adicionales por concepto de subsidios a la demanda.
Artículo 1
La Comisión De Regulación De Energía Y Gas, Al Adoptar La Metodología De Remuneración De La Actividad De Comercialización Sólo Aplicará Lo Dispuesto Por El Literal G) Del Artículo 3° Del Decreto 387 De 2007, Si Al Momento De Aprobar Dicha Metodología, El Ministerio De Minas Y Energía Establece Que A La Luz De Lo Previsto En El Marco De Gasto De Mediano Plazo, Dispondrá De Los Recursos Necesarios Para Sufragar Los Gastos Adicionales Por Concepto De Subsidios A La Demanda
Decreto 3414 de 2009 · por el cual se establecen condiciones para la aplicación del Costo Base de Comercialización, como componente que remunera los costos fijos de las actividades desarrolladas por los Comercializadores Minoristas de energía eléctrica que actúan en el Mercado Regulado.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.