Micelio

Artículo 10

Del Decreto 1270 De 1931

Decreto 950 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 160 de 1936

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo. En todo contrato de exploración y explotación de petróleo de propiedad nacional se estipulará que seis meses antes, por lo menos, de vencerse el período inicial de exploración, el contratista deberá instalar dentro de la concesión por lo menos un equipo completo de perforación, que mantendrá trabajando con la debida asiduidad. Queda en estos términos sustituido el artículo 54 del Decreto 1270 de 1931.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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