Objeto. La presente Subsección tiene por objeto adicionar la Subsección 8.4 a la Sección 8, Capítulo 8, Título III, Parte 2, Libro 2 del Decreto número 1073 de 2015, para reglamentar la gobernanza de las transferencias a las que se refiere el parágrafo 7° del artículo 233 de la Ley 2294 de 2023 cuyas beneficiarias son las comunidades indígenas debidamente acreditadas por el Ministerio del Interior y ubicadas en el área de influencia del proyecto de generación en los proyectos de generación de energía eléctrica con Fuentes No Convencionales de Energía (FNCE) localizados en áreas con la mayor radiación solar promedio anual (mayores a 5 kWh/m
TEXTO CORRESPONDIENTE A