º Son funciones principales de la Junta Directiva: 1ª Elaborar los estatutos y reglamentos generales de la Caja, y someterlos a la aprobación del Presidente de la República; 2ª Elegir, para periodos de tres años, al gerente, de ternas que pasará al Presidente de la República, señalar su asignación, y removerlo en los casos precisos y por el procedimiento que los estatutos determinen; 3ª Fijar el número de empleados de la Caja, sus funciones y sus sueldos, y elegirlos y removerlos o delegar en el gerente el nombramiento y remoción de alguno de ellos; 4ª Organizar las Sucursales y las Agencias Locales que sean precisas para la mejor prestación de los servicios, 5ª Establecer y reglamentar las afiliaciones facultativas y las prestaciones adicionales a que haya lugar; y determinar los aportes correspondientes, 6ª Fijar, en el último mes de cada año, el presupuesto de la Caja de Previsión para el año siguiente, y aprobar o reformar los aportes correspondientes; 7ª Examinar los informes y balances mensuales y semestrales presentados por el gerente; 8ª Autorizar y aprobar la adquisición y enajenación de los bienes raíces, cualquiera que sea su valor, así como de los gastos a cargo de la caja y los contratos que el gerente celebre, cuando el valor de unos u otros exceda de tres mil pesos, y 9ª Llenar las demás funciones que los estatutos y reglamentos señalen.
Artículo 9
Son Funciones Principales De La Junta Directiva: 1ª Elaborar Los Estatutos Y Reglamentos Generales De La Caja, Y Someterlos A La Aprobación Del Presidente De La República; 2ª Elegir, Para Periodos De Tres Años, Al Gerente, De Ternas Que Pasará Al Presidente De La República, Señalar Su Asignación, Y Removerlo En Los Casos Precisos Y Por El Procedimiento Que Los Estatutos Determinen; 3ª Fijar El Número De Empleados De La Caja, Sus Funciones Y Sus Sueldos, Y Elegirlos Y Removerlos O Delegar En El Gerente El Nombramiento Y Remoción De Alguno De Ellos; 4ª Organizar Las Sucursales Y Las Agencias Locales Que Sean Precisas Para La Mejor Prestación De Los Servicios, 5ª Establecer Y Reglamentar Las Afiliaciones Facultativas Y Las Prestaciones Adicionales A Que Haya Lugar; Y Determinar Los Aportes Correspondientes, 6ª Fijar, En El Último Mes De Cada Año, El Presupuesto De La Caja De Previsión Para El Año Siguiente, Y Aprobar O Reformar Los Aportes Correspondientes; 7ª Examinar Los Informes Y Balances Mensuales Y Semestrales Presentados Por El Gerente; 8ª Autorizar Y Aprobar La Adquisición Y Enajenación De Los Bienes Raíces, Cualquiera Que Sea Su Valor, Así Como De Los Gastos A Cargo De La Caja Y Los Contratos Que El Gerente Celebre, Cuando El Valor De Unos U Otros Exceda De Tres Mil Pesos, Y 9ª Llenar Las Demás Funciones Que Los Estatutos Y Reglamentos Señalen
Decreto 1600 de 1945 · Por el cual se organiza la caja de Previsión Social de los Empleados y Obreros Nacionales
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.