Micelio

Artículo 2

Ley 4 de 1914 · Que provee a la terminación de una vía nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la pronta, terminación de la obra, los trabajos continuarán, simultáneamente, en cuatro puntos diferentes, así: la primera sección, del puente sobre el río Gallinazo, hacia Miraflores, pasando por Bolívar y Ramiriquí; la segunda, en la vía de La Vega, de Bolívar hacia Garagoa, pasando por Jenesano y Tibaná, hasta empalmar con los trabajos hechos por los doctores Luis Cuervo e Indalecio Camacho Bárreto; la tercera, desde donde están hoy esos trabajos, hasta un punto navegable sobre el río Upía; y la cuarta, desde Las Mesitas, o donde están actualmente los trabajos, empezados en Miraflores. para continuarlos en dirección a Ramiriquí, hasta encontrar los de la primera sección.

Verificado el empalme de los trabajos de las secciones primera y cuarta; terminado el macadam; reparados los daños, y hecha cualquiera rectificación que necesite la vía de El Progreso, los trabajos en esta vía se continuarán de Miraflores para abajo, hacia el río navegable más próximo a aquella ciudad o hacia la Salina de Chámeza según lo determine el Gobierno .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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