Micelio

Artículo 17

Decreto 726 de 1989 · Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 1988 y se determinan las características generales de los Títulos de Ahorro Educativo, T.A.E., así como la naturaleza de las inversiones o préstamos que se puedan efectuar con estos recursos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El monto total de las operaciones de crédito a cargo de un establecimiento de educación superior, no podrá exceder el 10% del total de captaciones disponibles para este tipo de crédito de acuerdo con lo estipulado en el

Parágrafo 1

del artículo 2º de la Ley 18 de 1988, ni de uno y media veces (1.5) el patrimonio neto del establecimiento. CAPITULO QUINTO. Régimen de contratación y control

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 726 de 1989