º. Para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según el caso, proveniente de la enajenación durante el año gravable de 1999 de bienes raíces y de acciones o aportes, que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales, no sometidos al sistema de ajustes por inflación podrán tomar como costo fiscal, cualquiera de los siguientes valores
El valor que se obtenga de multiplicar el costo fiscal de los activos fijos enajenados, que figure en la declaración de renta por el año gravable de 1986 por once punto cincuenta (11,50), si se trata de acciones o aportes, y por cuarenta punto setenta y dos (40,72), en el caso de bienes raíces.
El valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado por la cifra de ajuste que figure frente al año de adquisición del mismo, conforme a la siguiente tabla: AÑO ADQUISICION DE ACCIONES Y APORTES Multiplicar por BIENES RAICES Multiplicar por 1955 y anteriores 1174.13 3911.00 1956 1150.62 3832.83 1957 1065.40 3548.96 1958 898.90 2994.28 1959 821.80 2737.49 1960 767.03 2555.03 1961 719.08 2382.36 1962 676.83 2254.45 1963 632.17 2105.79 1964 483.39 1610.27 1965 442.53 1474.09 1966 386.08 1286.06 1967 340.39 1133.95 1968 316.08 1052.90 1969 296.53 987.79 1970 272.66 908.27 1971 254.58 847.96 1972 225.59 751.55 1973 198.35 660.89 1974 162.03 539.89 1975 129.60 431.57 1976 110.19 367.03 1977 87.86 292.51 1978 68.90 229.52 1979 57.55 191.68 1980 45.47 151.54 1981 36.54 121.58 1982 29.07 96.80 1983 23.36 77.79 1984 20.06 66.84 1985 16.99 58.00 1986 13.91 48.02 1987 11.50 40.72 1988 9.37 30.73 1989 7.34 19.16 1990 5.82 13.25 1991 4.42 9.23 1992 3.48 6.92 1993 2.79 4.92 1994 2.28 3.57 1995 1.87 2.55 1996 1.58 1.88 1997 1.36 1.56 1998 1.16 1.20 En cualquiera de los casos señalados en los numerales 1 y 2, la cifra obtenida puede ser adicionada en el valor de las mejoras y contribuciones por valorización que hubieren pagado, cuando se trate de bienes raíces.
El costo fiscal de los bienes raíces, aportes o acciones en sociedades determinado de acuerdo con este artículo, podrá ser tomado como valor patrimonial en la declaración de renta de 1999.