DEFINICION. Se consideran establecimientos de crédito las instituciones financieras cuya función principal consista en captar en moneda legal recursos del público en depósitos, a la vista o a término, para colocarlos nuevamente a través de préstamos, descuentos, anticipos u otras operaciones activas de crédito.
Decreto 1730 de 1991 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
5 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 1993C-024/93ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 1993C-465/93ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 1994C-057/94ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 1994C-271/94ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 2000C-798/00ConstitucionalidadINHIBITORIO
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia