Micelio

Artículo 37

Ley 11 de 1990 · por la cual se revisa la organización administrativa de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los funcionarios actualmente vinculados a la Superintendencia de Sociedades deberán ser incorporados a empleos de la nueva planta de personal que sea determinada por el Presidente de la República.

Quienes ya están inscritos en la carrera administrativa y sean incorporados a empleos de igual o superior categoría, podrán solicitar, si hay lugar a ello, la inscripción o la actualización de su escalafón.

Quienes no están inscritos en la carrera administrativa y sean incorporados a empleos de carrera, podrán solicitar al Departamento Administrativo del Servicios Civil su inscripción en la misma.

Parágrafo

El personal de la Superintendencia que esté ubicado en la planta del Despacho del Superintendente, o de la Sección de Visitas de entidades sometidas a régimen general o en la Sección de Visitas de entidades especiales como visitador, o como profesional universitario, no estará sujeto a la carrera administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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