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Artículo 52

Gerencia De Gestión Humana Y Recursos Físicos

Decreto 5019 de 2009 · Por el cual se modifica la estructura de la Previsora S. A. Compañía de Seguros, y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Gerencia de Gestión Humana y Recursos Físicos. Son funciones de la Gerencia de Gestión Humana y Recursos Físicos, las siguientes:

1.

1. Dirigir, coordinar y controlar los procedimientos para la administración del talento humano de la compañía en cuanto a los procesos de selección, vinculación, inducción, reinducción, evaluación, incentivos, promoción, capacitación, bienestar y desarrollo del recurso humano, salud ocupacional y seguridad industrial.

2.

2. Dirigir, orientar, coordinar y controlar los procedimientos para la administración de los recursos físicos de la compañía en cuanto a los procesos de adquisición, protección, mantenimiento, adecuación de sedes, registro y distribución de suministros y bienes muebles, inmuebles, equipos y elementos que requiere la compañía, para su buen funcionamiento de conformidad con las políticas fijadas para este efecto.

3.

3. Coordinar la adecuada administración del archivo de la compañía conforme a las polí­ticas y directrices de los entes reguladores y de los planes de continuidad de la organización.

4.

4. Responder por la adecuada protección de los activos de la compañía a nivel físico y patrimonial.

5.

5. Administrar los seguros generales de la compañía en el nivel nacional en coordinación con la Vicepresidencia Técnica.

6.

6. Dirigir y orientar lo concerniente a la logística para la comercialización de salvamentos de acuerdo con las normas establecidas por la compañía.

7.

7. Definir las orientaciones para garantizar la seguridad física de la compañía.

8.

8. Definir los criterios para la prestación de los servicios generales que la organización requiera.

9.

9. Proponer a la Vicepresidencia Administrativa y Financiera la reglamentación, políticas y procedimientos sobre los procesos mencionados en las funciones anteriores.

10.

10. Dirigir y coordinar los estudios relacionados con la organización interna de la Com­pañía, la conformación de la planta de personal y diseño de escalas de salario.

11.

11. Diseñar y proponer el planeamiento estratégico de la Gestión Humana, para establecer estrategias políticas y objetivos coherentes con los lineamientos estratégicos de la Compañía.

12.

12. Controlar la administración de los sistemas de pago, beneficios y obligaciones labo­rales y contractuales y definir políticas de operación sobre el pago de nómina y la liquidación de prestaciones sociales, de conformidad con las normas vigentes.

13.

13. Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad social.

14.

14. Atender los procesos relacionados con el adecuado clima laboral y velar por la relación de la compañía con sus trabajadores

15.

15. Velar por el desarrollo y cumplimiento de los Estatutos, el Reglamento Interno del Trabajo, la Convención Colectiva de Trabajo, las demás normas internas y lo establecido en la Legislación Laboral.

16.

16. Asesorar y apoyar a las Sucursales en lo referente a las actividades de gestión de personal.

17.

17. Mantener, debidamente actualizado el Manual de Funciones y de Requisitos de los cargos de la compañía y velar por su divulgación.

18.

18. Dirigir y orientar la administración de los bienes y servicios que se requieren para el cumplimiento de las funciones de la entidad.

19.

19. Planear y administrar el presupuesto de gastos e inversiones de activos fijos y controlar su ejecución.

20.

20. Controlar el presupuesto asignado al área

21.

21. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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