Micelio

Artículo 3

Los Alcaldes, Consultando La Opinión De Los Promotores Regionales De Acción Comunal Dependientes Del Ministerio De Gobierno, Podrán Disponer Que Los Aportes A Que Se Refiere Este Decreto Se Inviertan A Través De Las Respectivas Seccionales Del Fondo Nacional De Caminos Vecinales; Del Instituto De Aprovechamiento De Aguas Y Fomento Eléctrico; Del Instituto De Fomento Municipal, De Los Servicios Unificados De Salud Pública, Y De Las Cooperativas De Municipios, Donde Existan, Y Teniendo En Cuenta La Destinación Específica De Las Apropiaciones, Y Bus, Cando La Colaboración De Las Comunidades Para La Mejor Ejecución De Las Obras

Decreto 2075 de 1967 · Por el cual lse distribuye una apropiación en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Gobierno)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Alcaldes, consultando la opinión de los Promotores Regionales de Acción Comunal dependientes del Ministerio de Gobierno, podrán disponer que los aportes a que se refiere este Decreto se inviertan a través de las respectivas seccionales del Fondo Nacional de Caminos Vecinales; del Instituto de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico; del Instituto de Fomento Municipal, de los servicios unificados de Salud Pública, y de las Cooperativas de Municipios, donde existan, y teniendo en cuenta la destinación específica de las apropiaciones, y bus, cando la colaboración de las comunidades para la mejor ejecución de las obras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2075 de 1967