° . Suprímense de la nomenclatura de empleos establecida para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) por el artículo 3° del Decreto número 1426 de 1998, modificado por los artículos 1° y 2° del Decreto número 248 de 2004, los artículos 3° y 4° del Decreto número 1730 de 2006 y los artículos 1° y 2° del Decreto número 3696 de 2006, las siguientes denominaciones de empleo: DENOMINACIÓN DEL EMPLEO GRADO NIVEL ASESOR Asesor 11 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 NIVEL PROFESIONAL Profesional 20 19 18 17 16 15 14 13 12 11 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 Médico u Odontólogo 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 DENOMINACIÓN DEL EMPLEO GRADO NIVEL TÉCNICO Técnico 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 NIVEL ASISTENCIAL Oficinista 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 Secretaria 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1 Auxiliar 10 9 8 7 6 5 4 3 2 1
Decreto 1433 de 2017 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1433 de 2017 · Por el cual se modifica el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.