Micelio

Artículo 10

Adiciónese El Artículo 2

Decreto 1139 de 2021 · Por el cual se modifica algunos artículos del Libro 2, Parte 4, Titulo 1, Capítulos 2, 3, 4, y 5 y un artículo del título 3, Capítulo 7 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, en lo que hace referencia a los Programas de Prevención y Protección de los derechos a la vida, la libertad, la integridad y la seguridad de personas, grupos y comunidades

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adiciónese el artículo 2.4.1.2.36A., Libro 2, Parte 4, Título 1, Capítulo 2 del Decreto 1066 de 2015, Decreto Único Reglamentario, Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “Artículo 2.4.1.2.36 A. Creación del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM), de Servidores y exservidores Públicos. Créase el CERREM de Servidores y exservidores Públicos, el cual estará conformado así

1.

El Ministro del Interior o su delegado, quien lo presidirá.

2.

El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

3.

El Director de la Unidad Nacional de Protección o su delegado.

4.

El Director de la Policía Nacional o su delegado.

5.

El Subdirector de Evaluación del Riesgo de la Unidad Nacional de Protección o su delegado.

Parágrafo

Los miembros del Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) de Servidores y exservidores Públicos, podrán invitar a representantes de entidades de carácter público, cuando se presenten casos relacionados con sus competencias, con voz y sin derecho a voto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1139 de 2021