º. Facúltese a los Consejos Municipales de los Departamentos a los que hacen referencia los artículos 1º y 3º de la presente Ley para que, previa autorización de las respectivas Asambleas Departamentales, hagan obligatorio el uso de la estampilla que aquí se autorizan.
Ley 367 de 1997 →Modificado
Artículo 6
Ley 367 de 1997 · por la cual se autoriza la emisión de la estampilla Prodesarrollo de la Universidad Surcolombiana en el Departamento del Huila de la Universidad de la Amazonia en los Departamentos del Caquetá, Putumayo, Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y la Sede de la Universidad Nacional de Colombia en el Departamento de Arauca y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.