Micelio

Artículo 21

Decreto 1126 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Cultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Consejo Directivo del Archivo General de la Nación . El Consejo Directivo del Archivo General de la Nación estará integrado, así

1.

El Ministro de Cultura o su delegado, quien la presidirá.

2.

Un designado del Presidente de la República con su respectivo suplente.

3.

El director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales" Colciencias", o su delegado.

4.

El presidente de la Academia Colombiana de Historia o su delegado, quien deberá ser miembro de dicha academia.

5.

Un experto en el campo de acción del Archivo General de la Nación, elegido por los demás miembros al Consejo Directivo de una terna presentada por el Ministro de Cultura.

Parágrafo

El director del Archivo General de la Nación participará en el Consejo Directivo, con derecho a voz pero sin voto. El mismo ejercerá la Secretaría Técnica del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1126 de 1999