Micelio

Artículo 341

El Gobierno Establecerá Las Colonias Agrícolas Penales De Que Habla El Artículo Anterior, Dividiéndolas En Tres Categorías, De Mayor A Menor Severidad, De Acuerdo Con Las Normas Que Se Fijan En Los Artículos Siguientes, Teniendo En Cuenta La Duración Y Calidad De Las Condiciones A Que Se Refiere El Código Penal Y La Respectiva Sentencia Judicial

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno establecerá las Colonias Agrícolas Penales de que habla el Artículo anterior, dividiéndolas en tres categorías, de mayor a menor severidad, de acuerdo con las normas que se fijan en los Artículos siguientes, teniendo en cuenta la duración y calidad de las condiciones a que se refiere el Código Penal y la respectiva sentencia judicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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