Micelio

Artículo 7

Ley 76 de 1927 · Sobre protección y defensa del café

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si pasados seis meses de la promulgación de la presente ley, la Federación Cafetera no hubiere celebrado el contrato con el Gobierno, podrá este celebrarlo con l Sociedad de Agricultura de Colombia, en los términos que indica esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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