Micelio

Artículo 6

º

Decreto 302 de 1981 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleados del sector Técnico Aeronáutico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. En ningún caso y por ningún concepto la remuneración total de los empleados a quienes se aplica el presente Decreto podrá exceder la que corresponda al Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, por concepto de asignación básica y gastos de representación. Cuando la remuneración total de un funcionario supere el límite fijado en el inciso anterior, se aplicará, lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto extraordinario 1042 de 1978.

Parágrafo

Durante los meses de enero y febrero de 1981, no será aplicable lo dispuesto en el presente artículo para aquellos empleados que como resultado de las escalas fijadas en el presente Decreto excedan la remuneración del Jefe de Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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