Micelio

Artículo 2

Decreto 2137 de 1963 · Por el cual se hace una distribución parcial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. La suma que se distribuye por el artículo anterior, será girada al Tesorero Departamental del Cauca y al Vicariato Apostólico de Riohacha (Guajira), respectivamente. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2137 de 1963