Micelio

Artículo 5

Decreto 182 de 1879 · Por el cual se rebaja el derecho de internación de sal marina i se reforma las disposiciones vijentes sobre la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 5.° Los Administradores de Aduana darán a los respectivos empleados del Resguardo las instrucciones convenientes para que invigijilen i persigan, con toda actividad, el contrabando de sal marina que pueda hacerse al importarla o internarla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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