El Derecho A La Medalla Se Perderá: A) Por Haber Sido Condenado Por Delito; B) Por La Comisión De Hechos Degradantes Que Hagan A Quien Los Comete Indigno De Mantener Una Distinción Honorífica, A Juicio Del Consejo De La Facultad; C) Por El Uso De La Insignia En Clase Superior A Aquella En Que Se Ha Recibido
Decreto 602 de 1963 · Por el cual se modifica el estatuto de la Medalla José Félix de Restrepo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El derecho a la Medalla se perderá
a)
Por haber sido condenado por delito;
b)
Por la comisión de hechos degradantes que hagan a quien los comete indigno de mantener una distinción honorífica, a juicio del Consejo de la Facultad;
c)
Por el uso de la insignia en clase superior a aquella en que se ha recibido.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.