Micelio

Artículo 2.2.6.1.8

Registro Extemporáneo De Ingreso

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro extemporáneo de ingreso. La Unidad Administrativa Especial -Migración Colombia - podrá realizar el registro extemporáneo de ingreso al país a los ciudadanos que hayan ingresado por puntos no habilitados, como consecuencia de los cierres de frontera decretados por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, y se abstendrá de iniciar procedimientos sancionatorios en contra de los mismos por este motivo y por las demás infracciones migratorias que se puedan llegar a presentar.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1067 de 2015