Art. 1954. La accion rescisoria por lesion enorme espira en cuatro años, contados desde la fecha de contrato.
De la permutacion.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 1954. La accion rescisoria por lesion enorme espira en cuatro años, contados desde la fecha de contrato.
De la permutacion.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.