Micelio

Artículo 8

Decreto 18671015 de 1867 · en ejecución del artículo 3.° de la lei de 8 del corriente, adicional a, i reformatoria de la de 19 de mayo de 1864, que organiza las Casas de moneda.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 8.° Deróganse los títulos 6 , ° i 11 del reglamento vijente de Casas de moneda, de 5 de setiembre de 1866.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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