Micelio

Artículo 18

Decreto 3794 de 2003 · por el cual se modifica la estructura de La Previsora S. A., Compañía de Seguros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subgerencia de Seguros Regionales Norte, Noroccidente y Pacífico. Son funciones de la Subgerencia de Seguros Regionales Norte, Noroccidente y Pacífico, las siguientes

1.

Suscribir y expedir las pólizas conforme a los Manuales de Políticas, Normas y Procedimientos emanados por la Vicepresidencia de Seguros.

2.

Evaluar y estructurar las coberturas de las pólizas de seguros y de coaseguros que le competen a la Sucursal.

3.

Conocer y evaluar la naturaleza y situación de los riesgos.

4.

Informar y verificar la colocación adecuada de los reaseguros cuando haya lugar; y coordinar con la Gerencia de la Regional y Gerencias de los ramos de seguros de Casa Matriz, la supervisión de la situación técnica de las cuentas especiales.

5.

Revisar periódica y selectivamente los riesgos suscritos, promoviendo los ajustes y las modificaciones que demanden.

6.

Brindar y promover la atención técnica adecuada y oportuna a los clientes e intermediarios de la Compañía.

7.

Orientar, asesorar, apoyar y controlar la gestión técnica de las Sucursales adscritas a la Regional.

8.

Controlar el cumplimiento de las metas de producción por ramo, período y Sucursal establecidas por la Compañía.

9.

Revisar periódica y selectivamente los riesgos suscritos, previniendo los ajustes y las modificaciones que demandan.

10.

Celebrar y efectuar, con sujeción a los manuales de suscripción expedidos por la Vicepresidencia de Seguros, los actos y contratos requeridos para la expedición de pólizas de la Regional y sus Sucursales adscritas.

11.

Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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