Micelio

Artículo 7

El Gobierno Designará Oportunamente El Personal Auxiliar Que La Comisión Necesite Para El Desarrollo De Sus Funciones Y Fijará Las Asignaciones

Decreto 1288 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 18 de 1946

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gobierno designará oportunamente el personal auxiliar que la Comisión necesite para el desarrollo de sus funciones y fijará las asignaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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