Micelio

Artículo 66

Cuando Haya Motivos Para Juzgar Que Un Certificado Diagnóstico Por El Cual Se Declara Inhábil O Incapacitado Al Servicio Activo En El Ejército Algún Conscripto, Es Erróneo Hará Concurrir A Éste Al Cuartel Designado Para La Recepción Del Contingente Donde Será Examinado Por El Médico O Al Que Practiquen El Segundo Examen

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando haya motivos para juzgar que un certificado diagnóstico por el cual se declara inhábil o incapacitado al servicio activo en el Ejército algún conscripto, es erróneo hará concurrir a éste al cuartel designado para la recepción del contingente donde será examinado por el médico o al que practiquen el segundo examen. Si de éste segundo resultare que es apto, se levantará el informativo a fin de establecer la consiguiente responsabilidad y aplicar la sanción del caso. De lo contrario, serán de cargo del Tesoro Nacional tanto los gastos de venida como los de regreso a su Municipio.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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