Micelio

Artículo 5

El Territorio Sometido A La Jurisdicción De Un Corregidor, Constituye Con Sus Habitantes El Corregimiento Intendencial O Comisarial

Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 5° El territorio sometido a la jurisdicción de un Corregidor, constituye con sus habitantes el Corregimiento Intendencial o Comisarial. El Corregidor administrará el Corregimiento bajo la dependencia del Intendente o Comisario, y de acuerdo con las instrucciones de éste, quien podrá nombrarlos y, removerlos libremente, y revisar, revocar o reformar todos sus actos. El Intendente o Comisario ejercerá, además, respecto del Corregimiento, las funciones que en los Municipios corresponden a los Concejos Municipales, en cuanto sean aplicables; pero no podrá crear u organizar rentas distintas de las que se autoricen a los Municipios de la respectiva Intendencia o Comisaría, si los hubiere.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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