El autor o sus causahabientes pueden transferir al editor la propiedad intelectual de la obra, pero si esto no consta expresamente en el contrato de edición, se entenderá que aquéllos se reservaron la propiedad de la obra.
En todo caso el autor queda con los derechos que le reconoce el artículo 49 de la presente Ley.
Los derechos del editor se contraen a la impresión, difusión y venta de la obra, cuyo texto no puede alterar, so pena, de incurrir en las responsabilidades civiles y penales correspondientes.