Micelio

Artículo 2

Los Estudios Deberán Practicarse Entre Puntos Obligados, A Fin De Emprender, Cuanto Antes La Construcción, Y Se Sujetarán A Las Especificaciones Reglamentarias Sobre Trazado Y Construcción De Carreteras Y Caminos Adoptados Por El Ministerio De Obras Públicas Y A Las Órdenes Que Comunique La Dirección General De Caminos Nacionales

Decreto 93 de 1927 · Por el cual se organizan trabajos de exploración, trazado y construcción en la vía nacional del Noroeste, sección de San José de Suaita al Socorro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los estudios deberán practicarse entre puntos obligados, a fin de emprender, cuanto antes la construcción, y se sujetarán a las especificaciones reglamentarias sobre trazado y construcción de carreteras y caminos adoptados por el Ministerio de Obras Públicas y a las órdenes que comunique la Dirección General de Caminos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 93 de 1927