Micelio

Artículo 23

Los Jefes De División Departamental Y Los De Sección De Los "territorios Nacionales" Serán Los Comandantes Directos, Con Facultades Disciplinarias, De Todo El Personal De La Policía Nacional Que Actúe En El Territorio De Su Respectiva Jurisdicción

Decreto 4079 de 1949 · Por el cual se fijan los sueldos mínimos, organización y dotación de personal de las Divisiones de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Jefes de División Departamental y los de Sección de los "Territorios Nacionales" serán los Comandantes directos, con facultades disciplinarias, de todo el personal de la Policía Nacional que actúe en el territorio de su respectiva jurisdicción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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