Micelio

Artículo 76

Causales De Retiro

Decreto 1213 de 1990 · Por el cual se reforma el Estatuto del Personal de Agentes de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 76. Causales de retiro. El retiro del servicio activo de los Agentes de la Policía Nacional, se clasifica según su forma y causales, así: a. Retiro temporal con pase a la reserva

1.

Por solicitud propia.

2.

Por disposición del Director General de la Policía Nacional.

3.

Por disminución de la capacidad sicofísica para la actividad policial.

4.

Por inasistencia al servicio por más de cinco (5) días, sin causa justificada. b. Retiro absoluto: 1. Por incapacidad absoluta y permanente o gran invalidez. 2. Por haber cumplido la edad de sesenta (60) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1213 de 1990