Micelio

Artículo 63

Modifícase El Artículo 5° Del Decreto 352 De 2004, El Cual Quedará Así: “ Artículo 5°

Decreto 763 de 2009 · por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 814 de 2003 y 397 de 1997 modificada por medio de la Ley 1185 de 2008, en lo correspondiente al Patrimonio Cultural de la Nación de naturaleza material.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 5° del Decreto 352 de 2004, el cual quedará así: “ Artículo 5°. Elegibilidad de los proyectos. Para que un proyecto sea elegible deberá ser presentado por el interesado ante el Administrador del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico. Con cargo a los recursos del Fondo para el Desarrollo Cinematográfico se cubrirán los gastos necesarios para el desarrollo de convocatorias u otras modalidades que se definan para la asignación de sus recursos, la auditoría externa y las reuniones del Consejo Nacional de las Artes y la Cultura en Cinematografía relacionados con dicho Fondo”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 763 de 2009