°. Trasládense las sumas siguientes: Del capítulo 51, artículo 228 $ 1,500 Del capítulo 51, artículo .238 3,500 AL capítulo 50, artículo 221 3500 Al capítulo 51, artículo 239 1,500 Sumas iguales $ 5,000 5,000
Decreto 1570 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Trasládense Las Sumas Siguientes: Del Capítulo 51, Artículo 228 $ 1,500 Del Capítulo 51, Artículo
Decreto 1570 de 1934 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.