Micelio

Artículo 4

Funciones

Decreto 749 de 2018 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el departamento del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones . La Comisión Intersectorial para el departamento del Chocó tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar a las entidades que conforman la Comisión sobre los mecanismos institucionales, políticos, administrativos, sociales, económicos, presupuestales, jurídicos y ambientales requeridos, a nivel central, regional y comunitario, que permitan mitigar y mejorar la situación humanitaria, social, económica y ambiental en el departamento del Chocó y dar cumplimiento a las órdenes judiciales.

2.

Definir las acciones que permitan la adopción de medidas de corto, mediano y largo plazo orientadas al cumplimiento del objeto de la Comisión.

3.

Crear comités de trabajo técnicos o jurídicos por sectores o temáticas específicas, que se estimen pertinentes para cumplir con el objeto de la Comisión.

4.

Coordinar y orientar a las entidades públicas del orden nacional para que los lineamientos, las estrategias y acciones definidas para solucionar la situación humanitaria, social, económica y ambiental en el departamento del Chocó sean adoptadas con enfoque diferencial. Los recursos que se requieran para la ejecución de estos lineamientos, estrategias y acciones deberán ser priorizados dentro de su respectivo presupuesto, acorde con el marco fiscal de mediano plazo y del marco del gasto, por parte de la entidad que por sus funciones y naturaleza deba asumirla, de tal manera que se garantice la ejecución de las acciones que surjan en virtud de la coordinación y orientación que se definan por parte de la Comisión Intersectorial para el departamento del Chocó.

5.

Articular acciones con las entidades territoriales y actores no gubernamentales involucrados en el cumplimiento de las órdenes impartidas relacionados con la situación que enfrenta el departamento del Chocó.

6.

Coordinar la respuesta, acciones y estrategias jurídicas del Gobierno nacional frente a los distintos procesos judiciales que tienen impacto en el departamento del Chocó relacionadas con la situación humanitaria, social, económica y ambiental del departamento.

7.

Acompañar y apoyar el proceso de articulación y coordinación del Representante del río Atrato designado por el Presidente de la República, en el marco de la Comisión de Guardianes del río Atrato conformada por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

8.

Articular acciones con otras comisiones e instancias intersectoriales, así como con los programas, proyectos, planes y estrategias diseñados para mitigar y mejorar la situación humanitaria, social, económica y ambiental del departamento.

9.

Servir de apoyo a la Mesa Técnica Departamental de Posconflicto y Construcción de Paz, al Consejo Territorial de Paz, a los Guardianes del río Atrato, y a otras organizaciones territoriales que se consideren pertinentes, con el fin de garantizar un proceso participativo de las comunidades y actores con presencia en el territorio.

10.

Definir su propio reglamento.

11.

Las demás funciones que sean propias de la naturaleza de coordinación y orientación de su actividad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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