Artículo noveno. Las cooperativas de productores de derivados de la caña de azúcar que se formen de acuerdo con las leyes vigentes y que se sometan a todas las disposiciones que la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero dicte sobre el particular, funcionarán, para los efectos de crédito, como intermediarias entre la Caja y los productores y gozarán de las prerrogativas y exenciones legales de que disfrutan las Seccionales de la Caja.
Decreto 199 de 1938 →Vigente
Artículo 9
Decreto 199 de 1938 · por el cual se organiza la campaña contra el mosaico la defensa y fomento de la caña de azucar y se crea un almancé de previsión agrícola.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.