Micelio

Artículo 2

Decreto 3430 de 1982 · Por el cual se reglamentan los artículos 16, 18 y 20 del Decreto-ley 129 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La propaganda comercial al consumo de alcohol, tabaco y cigarrillos a que se refiere el artículo anterior, sólo podrá transmitirse dentro de los horarios o espacios y con la intensidad que señale el Ministerio de Salud Pública, de acuerdo con el Ministerio de Comunicaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3430 de 1982