°. Atributos. Los siguientes atributos caracterizan el Servicio Portador y la capacidad de red proporcionada: 1.0 En cuanto a la transferencia de la información: 1.1 Modo de transferencia de la información: Esto es, el modo operacional para la transferencia (transporte y conmutación) de información de usuario a través de la red, tales como circuitos, paquetes. 1.2 Velocidad en la transferencia de la información: Esto es, la velocidad binaria (en modos circuitos) o el caudal (en modos paquetes). Se refiere a la transferencia de información digital en los puntos de acceso; tales como, velocidad binaria o caudal apropiado. 1.3 Capacidad de transferencia de información: Esto es, la capacidad asociada a la transferencia de diferentes tipos de información a través de la red; tales como, información digital sin restricción, conversación, audio a 3.1 Khz, audio a 7.0 Khz, a 15 Khz, video, otros valores. 1.4 Establecimiento de la comunicación: Esto es, el modo de establecimiento asociado al servicio de telecomunicación que se emplea para establecer y liberar una determinada comunicación; tales como, por demanda, reserva o permanente. 1.5 Simetría de la comunicación: Esto es, la relación de flujo de la información entre dos (o más) puntos de acceso o puntos de referencia que intervienen en la comunicación; tales como, bidireccional, unidireccional. 1.6 Configuración de la comunicación: Esto es, la disposición espacial para transferir información entre dos o más puntos de acceso; tales como, punto a punto, multipunto, difusión. 2.0 En cuanto al acceso 2.1 Canal de acceso y velocidad: Esto es, la descripción de los canales y sus velocidades binarias utilizados para transferir la información de usuario y/o la información de señalización en un determinado punto de acceso; tales como, nombre del canal (letra) y velocidad binaria correspondiente. 2.2 Protocolos de acceso: Esto es, el protocolo empleado en el canal de transferencia de información de señalización o usuario en un determinado punto de acceso o punto de referencia.
Conforme a lo estipulado en el artículo 14 del presente decreto, en la solicitud que se presente, se deberá especificar cuáles de los anteriores atributos caracterizan el servicio portador propuesto y la capacidad de red con la cual se prestará dicho servicio.