Micelio

Artículo 12

El Consejo Nacional De Política Aduanera Podrá Expedir Resoluciones Sobre Las Materias Previstas En El Artículo Anterior De Oficio O A Solicitud De Cualquier Persona Que Demuestre Interés Jurídico O Económico En La Medida

Decreto 1868 de 1972 · Por el cual se desarrolla el artículo 45 de la Constitución Nacional, y la Ley 6 de 1971, y se reglamentan las funciones del Consejo Nacional de Política Aduanera

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Consejo Nacional de Política Aduanera podrá expedir resoluciones sobre las materias previstas en el artículo anterior de oficio o a solicitud de cualquier persona que demuestre interés jurídico o económico en la medida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1868 de 1972