Micelio

Artículo 2

Ley 5 de 1965 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los ciento treinta y seis años de fundación de la Universidad del Cauca

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como homenaje de reconocimiento a ese glorioso establecimiento docente, por su invaluable aporte a los destinos de la República y a la cultura del país, la Nación contribuye al desarrollo y fomento de ese ilustre Instituto Universitario, con la suma de ocho millones de pesos ($ 8'000.000.00), que se distribuir así:

Para la terminación de los edificios de las Facultades de Ingeniería Civil y Electrónica, $ 2'000.000.00.

Para la dotación de laboratorios para las mismas Facultades de Ingeniería Civil y Electrónica, $ 1'000.000.00.

Para la construcción de los edificios de la Facultad de Medicina, $ 3'000.000.00.

Para la dotación de laboratorios para la misma Facultad de Medicina, $ 1'000.000.00.

Para la dotación de muebles y bibliotecas para las Facultades de Ingeniería, Derecho, Medicina y Electrónica, $ 800.000.00.

Para reparación y mejoramiento del edificio de la Facultad de Derecho, $ 200.000.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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