Micelio

Artículo 2.2.1.2.23.10

Requisitos Para Otorgamiento Del Permiso

Decreto 1076 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos para otorgamiento del permiso. Quien pretenda exportar individuos, especímenes o productos de la fauna silvestre, deberá presentar solicitud de permiso en papel sellado anexando los siguientes datos y documentos:

1.

Nombre, identificación y domicilio del solicitante. Si se trata de persona jurídica, prueba de su existencia y nombre, identificación y domicilio de su representante legal.

2.

Objetivo y justificación de la exportación.

3.

Especie y subespecie a la cual pertenecen los individuos, especímenes, o productos que se pretende exportar.

4.

Sexo, edad, número, talla y demás características que la entidad administradora considere necesario especificar.

5.

Procedencia de los individuos, especímenes y productos y salvoconductos que acrediten la legalidad de su obtención.

6.

Si quien pretende exportar es la misma persona que ha obtenido o capturado del medio natural los ejemplares o productos, deberá adjuntar la copia auténtica del permiso de caza comercial que autorizó su captura u obtención.

(Decreto 1608 de 1978 artículo 212).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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