° Abrese el crédito estraordínario de cuatro mil quinientos pesos ( $ 4,500) para cubrir los intereses que devenguen los doscientos mil pesos ( $ 200,000) que, según el espresado contrato, ha convenido el Banco de Bogotá en dar al Gobierno de los Estados Unidos de Colombia, en préstamo prorogable de noventa dias, contados de 1.° de julio a 30 de setiembre de 1876, a razon del 9 por 100 anual. Este crédito será imputado al Presupuesto nacional de gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876, Departamento del Tesoro, capítulo 7.°, gastos varios extraordinarios, artículo 6.°.
Decreto 231 de 1876 →Vigente
Artículo 1
Abrese El Crédito Estraordínario De Cuatro Mil Quinientos Pesos ( $ 4,500) Para Cubrir Los Intereses Que Devenguen Los Doscientos Mil Pesos ( $ 200,000) Que, Según El Espresado Contrato, Ha Convenido El Banco De Bogotá En Dar Al Gobierno De Los Estados Unidos De Colombia, En Préstamo Prorogable De Noventa Dias, Contados De 1
Decreto 231 de 1876 · Por el cual se abre un crédito estraordinario al presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.