Micelio

Artículo 1

Abrese El Crédito Estraordínario De Cuatro Mil Quinientos Pesos ( $ 4,500) Para Cubrir Los Intereses Que Devenguen Los Doscientos Mil Pesos ( $ 200,000) Que, Según El Espresado Contrato, Ha Convenido El Banco De Bogotá En Dar Al Gobierno De Los Estados Unidos De Colombia, En Préstamo Prorogable De Noventa Dias, Contados De 1

Decreto 231 de 1876 · Por el cual se abre un crédito estraordinario al presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Abrese el crédito estraordínario de cuatro mil quinientos pesos ( $ 4,500) para cubrir los intereses que devenguen los doscientos mil pesos ( $ 200,000) que, según el espresado contrato, ha convenido el Banco de Bogotá en dar al Gobierno de los Estados Unidos de Colombia, en préstamo prorogable de noventa dias, contados de 1.° de julio a 30 de setiembre de 1876, a razon del 9 por 100 anual. Este crédito será imputado al Presupuesto nacional de gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876, Departamento del Tesoro, capítulo 7.°, gastos varios extraordinarios, artículo 6.°.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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