Micelio

Artículo 54

Titularidad De La Potestad Y De La Acción Disciplinaria

Ley 1862 de 2017 · por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La potestad disciplinaria corresponde al Presidente de la República, Ministro de Defensa Nacional y a las Fuerzas Militares, sin perjuicio del poder disciplinario preferente de la Procuraduría General de la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1862 de 2017